martes, 22 de enero de 2013

Ensayo


Ensayo 1.
Durante las exposiciones del primer dia, el tema más interesante propuesto me pareció el de los Paraisos Fiscales.
Para comenzar, diré que es un paraiso fiscal, es un territorio o Estado que se caracteriza por aplicar un regimen tributario especialmente favorable a los ciudadanos y empresas no residentes, que se domicilien a esfectos legales en el mismo. Tipicamente estas ventajas consisten en una exencion total o una reduccion muy significativa en el pago de los principales impuestos.
Se encuentran por todo el mundo.
 En Europa: Andorra, Chipre, Gibraltar, Malta,  Islas de Guernesey y Jersey, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, San Marino, isla de Man.
En América: Antillas Neerlandesas, Araba,  Anguilla, Antigua y Barbuda, las Bahamas, Barbados, Bermudas, islas Caimanes, Dominica, Granada, Jamaica, Malvinas, Montserrat, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Trinidad y Tobago, islas Turku y Caicos, islas Vírgenes Británicas, islas Vírgenes de Estados Unidos, Panamá.
En África: Liberia, Seychelles, Isla Mauricio.
EnAsia: Bahrein, Brunei, Emiratos Árabes Unidos, Hog Kong, Jordania, Líbano, Macao, Omán, Singapur, Marianas.
En Oceanía: Fiji, islas Cook, Naurú, islas Salomón, Vanuatu.
Funcionan porque son varios los factores que permiten la existencia y funcionamiento de los paraísos fiscales.
El secreto bancario que “garantiza la confianza de los ciudadanos en la protección de su privacidad”. No debe ser muy fuerte este secreto, cuando el Estado no tiene ninguna dificultad para conocer nuestros salarios, ejecutar retenciones de IRPF, gestionar nuestras cotizaciones a la Seguridad Social o, llegado el caso, proceder al embargo parcial o total de una cuenta bancaria para cobrar una multa. El secreto bancario tiene, más bien, la  finalidad de que las rentas del capital y las remuneraciones no salariales, cuyos beneficiarios no quieren declarar a Hacienda, encuentren un refugio seguro.  Todos los paraísos fiscales,  por principio, recurren al secreto bancario cuando se intentan investigar en ellos.
El secreto profesional, invocado por muchos profesionales que intervienen en las operaciones de bloqueo.
La opacidad de los mecanismos. “Las investigaciones policiales y judiciales suelen caer en la trampa de intentar seguir las huellas del camino por el que han transitado los capitales, peregrinando de un lugar a otro, hasta perderse en los laberínticos vericuetos hacia los que se han dirigido esos flujos financieros, como sucede en la maraña de procedimientos burocráticos que tienen que seguir cuando se intenta obtener por las autoridades competentes datos relativos a denuncias presentadas en sus respectivos territorios. Y la realidad es que, contrariamente a la creencia establecida, el capital no circula físicamente o lo hace muy poco. El dinero apenas se mueve del banco donde entró, ni sale del propio país en la mayoría de los casos. Es suficiente realizar una transferencia electrónica de fondos en tiempo real a través de redes establecidas para ello entre las entidades financieras, utilizando los servicios de un tercero que habilita la relación telemática entre el banco que transfiere y el que recibe los fondos”
El principio de soberanía. Es invocado  para no cooperar con  las investigaciones abiertas por magistrados o comisiones parlamentarias de algunos países democráticos, e impide la aplicación de las sanciones que se le impongan.
La corrupción. La corrupción generalizada y  las frágiles administraciones públicas son rasgos conocidos de muchos países, sobre todo del Sur.
Algunas de las consecuencias que ocasionan, son que facilitan el fraude y la evasion fiscal de grandes fortunas, posibilitan el blanqueo de capitales de origen ilícito, y que se utilizan como medio para financiar el terrorismo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario